¿Qué supone la prórroga de la limitación de la subida del alquiler al 2 %?

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En los últimos meses, la actualidad ha marcado el devenir del sector inmobiliario y en el blog de Inviertis te hemos ido manteniendo al día de todas estas novedades. Por ejemplo, el Proyecto de ley por el derecho a la vivienda o la subida de los tipos de interés. Uno de los temas que hemos abordado y que ahora ha vuelto al foco mediático es la limitación de la subida del alquiler al 2 % como parte del plan de choque contra la guerra de Ucrania

La vuelta a la actualidad de esta medida se debe a que el Gobierno ha anunciado que el plan de choque contra la guerra de Ucrania se prorrogará durante tres meses más. Es decir, como mínimo, las medidas que recoge esta iniciativa seguirán vigentes hasta el próximo 30 de septiembre. 

Y es que, además de la limitación de la subida del alquiler, el Plan Nacional de respuesta a las consecuencias sociales y económicas de la guerra de Ucrania incluye otras medidas. Por ejemplo, una bonificación para el coste de los combustibles, una nueva línea de avales de crédito ICO (Instituto de Crédito Oficial) o el aumento del Ingreso Mínimo Vital. 

La limitación de la subida del alquiler, la principal consecuencia de la guerra de Ucrania en el mercado inmobiliario español

En relación con el alquiler, concretamente, de lo que habla el plan de choque es de una desvinculación de la subida de los alquileres al IPC. Esta medida, que se anunció a finales del mes de marzo cuando entró en vigor el plan para hacer frente a las consecuencias de la guerra, supuso un gran revuelo en el sector. 

Hasta ese momento, y tal y como te habíamos adelantado en este artículo, el mercado inmobiliario no había sufrido cambios drásticos provenientes del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania. 

Pero, con la desvinculación de la subida de los alquileres del IPC se pretendía frenar el efecto de la inflación en los contratos del alquiler. Esto se debe a que una de las opciones más utilizadas para actualizar el precio del arrendamiento es recurrir al Índice de Precios al Consumo.

Un sistema que, en un momento de inflación —en marzo, cuando se aprobó este plan, se situaba en el 9,8 %—, suponía un incremento muy acusado de las cuotas del alquiler. 

Al desvincular la subida del alquiler del IPC y vincularla al Índice de Garantía de la Competitividad (IGC), esta subida tan solo podría alcanzar el 2 %. A excepción, eso sí de aquellos casos en los que inquilino y propietario, siempre que no fuera un gran tenedor, llegasen a un acuerdo diferente. 

La subida de los alquileres para frenar el efecto de la inflación en los contratos del alquiler.
La subida de los alquileres para frenar el efecto de la inflación en los contratos del alquiler.

¿Qué supone la prórroga la limitación de la subida del alquiler?

Esta medida, en el momento de su aprobación, no fue muy bien recibida por distintas voces del mercado inmobiliario. Por ejemplo, desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) señalaban que habría sido preferible apostar por otro valor de referencia, como la inflación media en 2021. 

Ante esta nueva prórroga de la subida de precios del alquiler, la ANA ha señalado que se trata de una “intervención de los precios”. Asimismo, su director general, José Ramón Zurdo, añade que “son los propietarios particulares los que se tienen que hacer cargo de una inexistente política social en el alquiler”. 

Por su parte, la Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler, en el momento en el que se anunció esta medida, apuntaban que habría sido preferible tomar como referencia la inflación subyacente. Con ello, se habrían eliminado los elementos más volátiles del índice de precios.

Esta organización, ante esta nueva prorrogación del plan de choque y, por lo tanto, de la limitación de la subida del alquiler, ha apuntado que estamos frente a una medida que “carga al pequeño propietario con las consecuencias de la crisis, sin compensación alguna por parte del Estado”. 

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Asimismo, el portal inmobiliario Idealista ha abordado a través de un estudio el coste que tiene esta medida. Concretamente, desde este marketplace señalan que esta limitación de la subida del alquiler —y su consiguiente prórroga— frente a la actualización con el IPC tiene un coste de 1.039 millones de euros.

Por lo que se refiere al Gobierno, Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA), defendió la aplicación de estas medidas para “intentar amortiguar el efecto negativo de la crisis”. 

Toda la información sobre el servicio de gestión del alquiler haciendo click a la imagen.
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Cómo deben proceder los propietarios con la limitación de la subida del alquiler 

Más allá de los puntos de vista de unos y otros, si eres propietario de una vivienda en alquiler probablemente te estés preguntando cómo te afecta esta medida. En ese caso, te damos aquí algunas claves que no debes pasar por alto: 

  • Ten en cuenta los plazos. Esta medida solo te afecta si la revisión de la subida de tu alquiler estaba fijada entre marzo y septiembre de 2022. 
  • Qué pasará cuando termine la medida. Pasado el 30 de septiembre, si no se produce una nueva prórroga, debes tener en cuenta que, si ya has actualizado el precio, no podrás volver a actualizarlo hasta 2023. Es decir, deberás cumplir lo estipulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos que fija una única revisión anual. 
  • No puedes cambiar la fecha. La revisión de la cuota debe hacerse en el mismo mes que se firmó el contrato. Lo que significa que, si el contrato de arrendamiento se firmó en abril, la renta debe actualizarse en abril y no puede hacerse en otro mes del año. 
  • Esta medida afecta a todos los propietarios. A diferencia de otro tipo de iniciativas, la limitación de la subida del alquiler por la guerra de Ucrania afecta a todos los propietarios. Da igual si eres gran tenedor de vivienda o no. La única diferencia que hay entre ambos perfiles es que los pequeños propietarios tienen la posibilidad de negociar el porcentaje de subida de la cuota y los grandes tenedores están sujetos en cualquier supuesto al IGC.

No obstante, siempre que tengas dudas sobre cómo lidiar con las obligaciones del propietario, puedes contratar el servicio de gestión integral del alquiler y solo preocuparte de cobrar la renta del inmueble.

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