En el siguiente artículo vamos hablar sobre el Certificado Energético de las viviendas y locales impuestos en España que afecta tanto a la transmisión de inmuebles como al alquiler.
¿Qué es el certificado Energético? (CE)
El certificado de eficiencia energética informa por un lado de las emisiones de CO2 liberadas a la atmósfera y por otro del consumo de energía primaria no renovable, ambos conceptos asociados a un inmueble en comparación con otros de similares características.
Para ello se asigna una letra dentro de la escala energética. De esta manera podemos comparar unos inmuebles con otros.
Tenemos que tener en cuenta que el certificado de eficiencia energética es un derecho del consumidor. Es decir, es obligatorio que el propietario informe de la calificación energética a todos aquellos interesados en la venta o alquiler de dicho inmueble.
Por lo tanto, el certificado de eficiencia energética es obligatorio para anunciar la venta o alquiler de un inmueble, ya sea de una vivienda, de un local comercial o bien de un edificio completo.
El certificado evalúa fundamentalmente dos aspectos: primero la calidad constructiva en relación a su comportamiento energético y segundo, la eficiencia energética de las instalaciones térmicas asociadas. También considera la zona climática, la orientación de la vivienda o el año de construcción del inmueble, aspectos a considerar a la hora de evaluar la rentabilidad de la inversión de un inmueble.
Una vez emitido el certificado de eficiencia energética, se registra para que sea un documento oficial en el organismo oficial por comunidad autónoma y se obtiene la etiqueta energética, de la que hablaremos más adelante en este artículo.
El certificado de eficiencia energética tiene que ser un documento completo y para ello debe incluir el contenido mínimo según el artículo 6 del RD 235/2013 que regula el procedimiento de certificación de la eficiencia energética de los edificios:
Identificación del inmueble que se certifica, así como del procedimiento reconocido con el que se ha obtenido la calificación energética.
Año de construcción y normativa sobre ahorro y eficiencia energética correspondiente a dicho año de construcción.
Descripción de las características relativas al comportamiento energético del inmueble: envolvente térmica e instalaciones térmicas asociadas.
Calificación energética del inmueble de emisiones de CO2 y de consumo de energía primaria no renovable mediante una letra y un indicador numérico dentro de la escala de calificación energética.
Calificación energética parcial correspondiente a cada servicio (ACS, calefacción y refrigeración para uso residencial, y de manera adicional y únicamente para uso terciario, de iluminación) de las emisiones de CO2 por un lado y del consumo de energía primaria no renovable por otro.
También informará de la letra de calificación de la demanda de calefacción y de refrigeración.
Recomendaciones para la mejora de la calificación energética en el caso de los edificios existentes, a menos que no exista ningún potencial razonable en comparación con los requisitos de eficiencia energética vigentes en ese momento.
Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo durante el proceso.
¿El Certificado Energético es imprescindible para vender o alquilar un inmueble?
El Certificado Energético es obligatorio en España desde el 1 de junio de 2013 para edificios existentes, y desde 2007 para edificios de nueva construcción, para poder vender o alquilar cualquier inmueble, requerido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, regulado por el Real Decreto 235/2013 y además obedece a directivas europeas relativas a la eficiencia energética en los edificios
El certificado de eficiencia energética informa a un posible comprador o arrendatario de la eficiencia energética del inmueble en comparación con otros de similares características. En el caso de edificios existentes también informa de las medidas de mejora para la reducción del consumo energético.
Tanto los vendedores como arrendadores deben de informar de la calificación energética del inmueble a posibles compradores o inquilinos. Además, se debe aportar el documento original, registrado y en vigor, cuando se formaliza la compra-venta ante notario, o bien una copia del mismo cuando se formalice el contrato de alquiler.
La responsabilidad de adquirir este certificado es del propietario del inmueble, contratando a un técnico competente, es decir, que dispone del título habilitante. Básicamente Arquitectos, Arquitectos Técnicos e Ingenieros con sus especialidades.
¿Hay excepciones por las que no necesitaremos el Certificado Energético?
El RD 235/2013 modificado en 2017, incluye algunos casos en los que no es obligatorio disponer del certificado de eficiencia energética:
Edificios o partes de edificios protegidos oficialmente, siempre que no se pueda llevar a cabo actuaciones de mejora de la eficiencia energética porque puede alterar su carácter o aspecto. El resto sí debe disponer del certificado de eficiencia energética.
Edificios o partes de edificios destinados al culto o para actividades religiosas.
Construcciones provisionales con un plazo inferior a 2 años.
Edificios o partes de edificios de uso vivienda con un uso inferior a cuatro meses al año o bien con un tiempo limitado al año y un consumo energético inferior al 25% de lo que supondría su uso durante un año completo. Se debe de justificar con una declaración responsable del propietario de la vivienda.
Inmuebles destinados aspectos agrícolas no residenciales, de la defensa o industriales que sean de baja demanda energética, porque no requieran garantizar determinadas condiciones térmicas de confort como talleres, almacenes o áreas de producción. El resto sí debe disponer del certificado.
Edificios o partes de edificios aislados y con una superficie inferior a 50 metros cuadrados.
Adicionalmente tampoco precisan disponer del certificado de eficiencia energética, aquellos edificios o partes de edificios que sean objeto de demolición o bien de una reforma integral.
Los garajes o trasteros son espacios no habitables por lo que tampoco es necesario disponer del certificado de eficiencia energética para su venta o alquiler.
La “Etiqueta energética”
Una vez emitido el certificado de eficiencia energética por el técnico competente éste debe de ser registrado en el organismo oficial por comunidad autónoma. Sólo son válidos los certificados registrados.
De manera posterior a este trámite se obtiene la etiqueta energética. Además, el certificado de eficiencia energética debe de estar en vigor y su validez es de 10 años desde su emisión.
La etiqueta energética muestra la calificación energética asociada a las emisiones de CO2 y al consumo de energía primaria asociado al inmueble que se certifica y siempre, en comparación con otros inmuebles de similares características y para unas condiciones de confort térmico determinadas. Para ello asigna una letra y un indicador numérico dentro de la escala de calificación energética.
La escala energética consiste en una escala de colores que va desde la letra “A” (siendo la más eficiente) hasta la “G” (la menos eficiente) y siempre hay que tener en cuenta que estos valores son comparativos y no reales.
Las letras A, B y C representan un alto nivel de eficiencia energética, siendo la A la letra de mayor eficiencia energética: un nivel de consumo energético inferior al 55% de la media.
La letra D representa a la media, es decir que su consumo se corresponde con el 100% de los edificios de consumo medio.
Las letras inferiores representan inmuebles de menor eficiencia energética, es decir edificios o partes de edificios con un consumo energético de entre el 110% y el 125% superior a la media.
Cuadro de calificación
Letra A: color verde oscuro y es la que representa la mayor eficiencia energética.
Letra B: color verde más claro sigue manteniendo la eficiencia.
Letra C: color verde más amarillento y no es tan energética como las anteriores.
Letra D: color amarillo y representa una eficiencia normal.
Letra E: color anaranjado y deja patente que el inmueble cuenta con muy poca eficiencia energética.
Letra F: color naranja y es uno de los últimos escalones de la lista.
Letra G: color rojo y representa una vivienda que no cuenta con eficiencia energética.
¿Hay sanciones por vender o alquilar un inmueble sin el Certificado Energético?
La respuesta es sí. La Ley 8/2013 del 26 de junio, estipula las infracciones en materia de certificación energética de edificios y de partes de edificios, y determina sanciones económicas de entre 300 y 6.000 euros. Desde no mencionar la calificación energética en los anuncios de venta o alquiler del inmueble, o vender sin haber obtenido el certificado o bien falsear el documento.
La Administración diferencia tres grupos de sanciones según la gravedad de la infracción:
Infracciones leves: multa entre 300€ y 600€
Infracciones medianas: multa entre 600€ y 1000€
Infracciones graves: multa entre 1.000€ y 6.000€
¿Cómo obtener el Certificado Energético?
Este documento tiene que ser realizado por un técnico competente para ello, pudiendo ser arquitectos, arquitectos técnicos o bien ingenieros.
El requisito consiste en disponer de la titulación habilitante tal y como se refleja en la web del Ministerio de Energía en su apartado de respuestas a preguntas frecuentes en materia de certificación de la eficiencia energética de edificios y de partes de edificios
El propietario del inmueble tiene la libertad de escoger con qué profesional quiere obtener el certificado.
Son muchos los profesionales que ofrecen este servicio.
Debemos de tener en cuenta que el certificado no se debería de considerar como un simple trámite legal sino que es recomendable utilizarlo como una herramienta la cual nos brinda información valiosa sobre la eficiencia energética del inmueble y además la posibilidad de obtener una propuesta de mejoras de del inmueble para reducir el consumo de energía, reducir las emisiones de CO2 asociadas y todo ello sin renunciar al confort térmico.
Si te quieres ahorrar una larga búsqueda, aquí te proporcionamos el lugar donde buscar tu técnico de calidad según tu localidad.
Hay técnicos en toda España y es tan sencillo como llamar directamente al técnico o enviarle un mensaje gratis de solicitud de certificado, sin intermediarios:
En Inviertis podrás encontrar la información relativa a la eficiencia energética del inmueble disponible para invertir en la ficha del mismo en el apartado de Características y puedes solicitar que te lo enviemos si lo deseas.
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