Ya seas propietario, inquilino, o ambas, es posible que en algún caso te hayas visto en una situación comprometida. ¿Tu inquilino no ha cumplido con los pagos de la renta? ¿El propietario ha solicitado más de dos mensualidades como garantía? Cualquiera de estas situaciones, igual que muchas otras, son algunos de los incumplimientos del contrato de alquiler más habituales. En este artículo te explicamos algunos de los más frecuentes.
Los incumplimientos del contrato de alquiler más frecuentes por parte del inquilino
Entre los arrendatarios hay algunas malas prácticas que se repiten en muchas ocasiones y que suponen un incumplimiento del contrato de alquiler:
- No pagar el alquiler. Probablemente, al hablar de problemas entre el inquilino y el arrendador, este sea uno de los primeros que se venga a la cabeza. Y es que, es uno de los más frecuentes: el impago de las mensualidades del alquiler por parte del inquilino. Ante este y otros riesgos relacionados con el arrendamiento, son muchos los propietarios que apuestan por contratar el servicio de la gestión integral del alquiler.
- No respetar los tiempos de finalización del contrato. Igual que sucede con cualquiera de estos incumplimientos de contrato, la Ley de Arrendamientos Urbanos pone los límites de lo que se puede y no se puede hacer. Y, en este caso, en su artículo 11, estipula que debe avisar, como mínimo, con 30 días de antelación.
- No mantener correctamente la vivienda o causar grandes desperfectos. No cuidar correctamente la vivienda hasta un punto que ni siquiera la fianza pueda compensar los daños es otro de los incumplimientos del contrato de alquiler que pueden cometer los inquilinos.
- Aprovechar la fianza para pagar un mes del alquiler. Algunos arrendatarios temen que no se les devuelva la fianza. Por este motivo, cuando van a abandonar la vivienda no pagan la última cuota esperando compensarla con el coste de la fianza.
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Propietarios: estos son algunos incumplimientos del contrato de alquiler más frecuentes
Entre las personas que alquilan alguna vivienda de su propiedad, estos son los incumplimientos del contrato de alquiler más frecuentes:
- No realizar las reparaciones estipuladas en el contrato. Como veremos más adelante, hay una serie de arreglos que, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), corresponden al arrendador. Y, en algunos casos, puede suceder que intenten evitar asumir esa responsabilidad.
- Hacer pasar un alquiler residencial por un alquiler turístico. Existe un periodo mínimo de duración del contrato del alquiler (cinco años) que no todos los propietarios respetan. En este caso, cuando los inquilinos demuestran que se trata de una vivienda utilizada como residencia habitual, el contrato automáticamente pasaría a tener las condiciones de arrendamiento de vivienda y no alquiler de temporada.
- Pedir más de dos meses de garantías adicionales. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (artículo 36), no se pueden exigir más de dos meses como fianza: “En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta”.
- Denegar la prórroga estipulada por la LAU. Otro incumplimiento del contrato de alquiler que se suele dar entre los propietarios es no permitir a los arrendatarios estar hasta los cinco años que se les permite por ley. De hecho, algunos alegan causas falsas de necesidad que sí les darían derecho a recuperar la vivienda con tal de conseguir su objetivo.
¿Cómo prevenir estas situaciones o hacerles frente?
Como dice el refrán: más vale prevenir que curar. Y en todo lo relacionado con el alquiler, también. Por este motivo, la mejor forma de evitar situaciones incómodas es prepararse desde el principio con un buen contrato de alquiler.
En este sentido, es conveniente que tanto inquilinos como propietarios revisen con detenimiento todas las cláusulas del contrato. Asimismo, es muy útil tener en cuenta el marco legal para todo lo relacionado con el alquiler: la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
De hecho, la LAU, en su artículo 27, hace referencia al incumplimiento del contrato de alquiler. En él, señala el derecho tanto de la parte oferente como de la parte demandante a exigir el cumplimiento del contrato o, en su defecto, a promover la resolución del mismo. :
El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.
Fuente: BOE
En alusión directa al propietario, la Ley de Arrendamientos Urbanos le otorga derecho a resolver el contrato por determinadas causas:
- El impago de la renta o, en su defecto, cualquier pago que corresponda al inquilino y no haya sido asumido por él.
- El impago de la fianza o de la actualización de la misma.
- El subarrendamiento o cesión de la vivienda que no hayan sido consentidos previamente.
- Haber causado daños intencionados o haber realizado obras no consentidas, si es que se había reflejado en el contrato que era necesario obtener la autorización previa del propietario.
- La realización de actividades molestas, peligrosas, ilícitas, etc.
- Cuando el inmueble deje de utilizarse de forma principal para satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
De la misma manera, hay dos supuestos en los que el arrendatario puede finalizar el contrato:
- Cuando el arrendador perturbe de hecho o de derecho el uso de la vivienda.
- Cuando el arrendador no acometa las reparaciones pertinentes reflejadas en el artículo 21 de la LAU.
Sea como sea, la buena redacción y revisión del contrato por ambas partes, generalmente, evitará cualquier conflicto. O, en su defecto, ayudará a obtener una solución rápida. Sin embargo, si quieres tener una tranquilidad completa deja que Inviertis se encargue de todo lo relacionado con tu piso alquilado con la gestión integral del alquiler.