El incremento del coste del alquiler puede ser un tema peliagudo. Ya sea porque el arrendador no sabe cómo afrontarlo, porque el arrendatario teme la subida o porque se desconoce el marco legal que rige esta cuestión. En cualquier caso, tener en cuenta el IPC para actualizar el alquiler de tu piso con inquilinos es una opción que merece la pena considerar.
Así se regulan los cambios en la renta del alquiler
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la normativa que regula el alquiler en nuestro país. Esta ley, cuya modificación más reciente fue en marzo de 2019, también recoge la forma de proceder para poder actualizar la renta del alquiler. Concretamente, lo hace en su artículo 18:
1. Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.
En caso de pacto expreso entre las partes sobre algún mecanismo de actualización de valores monetarios que no detalle el índice o metodología de referencia, la renta se actualizará para cada anualidad por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.
En todo caso, el incremento producido como consecuencia de la actualización anual de la renta no podrá exceder del resultado de aplicar la variación porcentual experimentada por el Índice de Precios al Consumo a fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.
2. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.
Fuente: BOE
Las principales claves de la Ley de Arrendamientos Urbanos
En resumen, los principales aspectos que apunta la LAU que hay que considerar cuando se quiere actualizar la renta del alquiler son:
- Solo se puede actualizar cada vez que el contrato cumple años. Es decir, el coste del alquiler únicamente se podrá modificar cada vez que se cumpla un año de vigencia del contrato. En este sentido, un error muy común es aplicar el cambio de renta con el cambio de año natural pero no se hace de esta forma. Si el contrato fue firmado en junio, la primera actualización de la renta deberá ser en junio del año siguiente.
- Debe existir un pacto expreso. Esto significa que ambas partes deben haber acordado y reflejado de manera expresa, por ejemplo, en el contrato, la actualización anual de la renta.
- Si no se ha acordado un índice de referencia, se utiliza el IGC. La LAU especifica que propietario e inquilino pueden acordar cuál será el índice utilizado para actualizar la renta. Si no se especifica ninguno, se usará el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC). Pese a esto, el incremento nunca podrá ser superior al Índice de Precios al Consumo (IPC).
- El cambio en la renta entrará en vigor al mes siguiente de ser notificado. Una vez que se avisa al arrendatario de la actualización de la renta, el nuevo coste comenzará a cobrarse a partir del mes siguiente.
¿Cómo se utiliza el IPC para actualizar el alquiler?
Para utilizar el IPC para actualizar el alquiler, lo primero que hay que tener en cuenta es que debe reflejarse en el contrato. Porque si no se especifica ni la intención de actualizar el coste del alquiler anualmente, ni el índice que se va a usar —en este caso el IPC— no se pueden llevar a cabo estas modificaciones.
El cálculo del IPC para actualizar el alquiler es algo que se puede hacer a través del Instituto Nacional de Estadística (INE). Concretamente, en este espacio de su página web dedicado a la actualización de rentas con el IPC. Solo hay que introducir los datos correspondientes y se calcula de manera automática.
Fuente: INE
Si en el contrato no se ha reflejado que se usará el IPC para actualizar el alquiler cada año, pero sí que se ha especificado que la renta sería actualizada, el índice que se usa es el IGC.
Este segundo valor es el Índice de Garantía de la Competitividad. Tal y como explican desde el Instituto Nacional de Estadística, “establece una tasa de revisión de precios consistente con la recuperación de competitividad frente a la zona euro”.
Uno de los aspectos que hay que tener en cuenta del IGC es que su forma de cálculo es más compleja. Se trata de un valor que siempre se mueve en un intervalo que oscila entre el 0 y el 2 %. “Cuando la tasa de variación de este índice se sitúe por debajo de 0 %, se tomará este valor como referencia, lo que equivaldría a la aplicación de la regla de no revisión. Cuando la tasa de variación de este índice supere el objetivo a medio plazo de inflación anual del Banco Central Europeo (2 %), se tomará este valor como referencia”, explican desde el INE.
Usar el IPC para actualizar el alquiler, una opción interesante tanto para arrendadores como para arrendatarios
Considerar el IPC para actualizar el alquiler durante la vigencia de un contrato es útil tanto para propietarios como para inquilinos. De manera genérica, acordarlo de forma expresa garantiza que se cumpla lo estipulado por ley. Y, además, dota de una mayor transparencia la relación entre arrendador y arrendatario desde el primer momento.
Otra de las ventajas que tiene utilizar el IPC para actualizar el alquiler para las dos partes es que se trata de un índice muy utilizado, incluso más allá del ámbito inmobiliario. Acudir a otro tipo de índices privados o públicos, como el IGC, puede resultar más complejo. Esto sucede porque quizá no resulten tan familiares o su uso no esté tan extendido como el del IPC.
De manera específica, para el propietario es útil recurrir al IPC para actualizar el alquiler porque el no actualizar la renta supone asumir que, por lo general, el coste de cualquier bien o servicio sube, pero no la renta que percibe por su inmueble.
Además, el Índice de Precios al Consumo es un valor que refleja mejor la realidad de la economía del país. Por lo tanto, tiene más sentido tomar este valor como referencia para que la evolución de la renta del alquiler vaya en consonancia con la situación económica general.
Por su parte, el inquilino también puede beneficiarse del uso del IPC para actualizar el alquiler. Sobre todo, porque tener este valor de referencia y que quede reflejado por contrato le otorga una mayor tranquilidad. Si el arrendatario sabe que la renta se actualizará con este índice de manera anual sabe que la variación va a ser siempre gradual evitando así subidas exageradas.